Impuesto Especial sobre el Plástico
Desde el 01 de enero de 2023 está en vigor el IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LOS ENVASES DE PLASTICO NO RECICLADO Y NO REUTILIZABLE.
LEY 7/2022 DE 8 de ABRIL de 2022 (BOE 09/04/2022)
El impuesto se aplica a la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de envases de plástico no reutilizables, que sean destinados a contener, proteger, manipular, distribuir o presentar mercancías. Se incluye:
- Envases vacíos y llenos
- Productos plásticos destinados a cerrar, comercializar o presentar envases no reutilizables.
Tipos de plástico gravado
- Envases de plástico no reutilizables.
- Plástico no reciclado
Exenciones
Existen algunas exenciones que permiten reducir o eliminar el impacto del impuesto, tales como:
- Plásticos reciclados:
- Productos sanitarios:
- Pequeñas Importaciones:
Cuantía del Impuesto
El gravamen es de 0,45 euros por kilogramo.
Obligados Tributarios
Los contribuyentes que deben declarar y pagar este impuesto son:
- Fabricantes de envases de plástico no reutilizables.
- Importadores
- Adquirentes intracomunitarios
Documentación y Declaración
Para la declaración del impuesto, los sujetos obligados deben presentar
- Certificación del contenido recicladoes
- Información sobre la cantidad de plástico no recicladoy
Sanciones y Fiscalización
El incumplimiento de la normativa puede conllevar sanciones económicas
Objeto
El impuesto tiene un claro objetivo medioambiental.
Adjuntamos declaración del plástico a presentar en el momento de hacer el despacho de aduanas de importación